28 septiembre 2020

Las lámparas del Antiguo Salón de Sesiones (I): el secuestro de los bienes del Infante don Sebastián

    Quien haya visitado el Senado habrá podido fijarse en la gran diversidad de lámparas que adornan el Palacio de la Cámara Alta. Entre ellas, las que cuelgan en el Antiguo Salón de Sesiones, pero no han sido éstas las que siempre se han podido contemplar. Gracias a los grabados, cuadros, como La coronación de Quitana de Luis López Piquer; y fotografías es posible ver las lámparas que ha ido teniendo a lo largo de su historia el Salón de Sesiones.

    La historia de la Alta Cámara, como bien es sabido, comienza en 1834 con la creación del Estamento de Próceres con el Estatuto Real, pero no será hasta el año siguiente cuando dicho Cuerpo Colegislador se establezca definitivamente en el antiguo convento agustino de doña María de Aragón, hoy Palacio del Senado. En el Salón de Sesiones no figurará ninguna lámpara central durante los primeros años de vida de esta Cámara, tal y como se desprende del primer inventario de los bienes existentes en el Palacio hecho el 30 de septiembre de 1836, una vez suprimido ya el Estamento de Próceres del Reino.

    Será en el próximo inventario, el del 1 de agosto de 1839, donde se indique que hay tres «arañas de cristal con adornos dorados en el centro del Salón», añadiéndoseles poco después «borlas carmesíes de estambre» (inventario del 4 de mayo de 1840). Al margen de la reseña de las lámparas el Portero Mayor Conserje, don Gregorio Raíces, que es quien hace los inventarios, anota la palabra «Secuestro». Este dato nos proporciona e indica claramente la procedencia de las arañas de cristal. El secuestro no puede ser más que el efectuado sobre lo bienes del Infante don Sebastián Gabriel de Borbón y Braganza.

    S.A.R. don Sebastián era Infante de España y de Portugal, bisnieto por vía paterna de S.M.C. don Carlos III y por vía materna de S.M.F. doña María I. Durante la Guerra de los Siete Años o Primera Guerra Carlista (1833-1840) la posición del Infante con respecto a los dos bandos enfrentados cambiará. Si en 1833 había jurado lealtad a su prima segunda S.A.R. doña Isabel Luisa de Borbón, dos años después lo haría a su tío segundo S.M.C. don Carlos V.

    Residiendo en Nápoles desde comienzos de 1835 junto a su esposa la Infanta doña María Amalia de Borbón Dos-Sicilias, recibe en el mes de julio una comunicación del conde de Toreno por parte del agente cristino en Roma, don José Narciso Aparici, de que la Reina viuda, doña María Cristina, había dado por finalizada la licencia que el Infante y su esposa tenían para viajar por Italia y se solicita su inmediato regreso a España. El 16 de julio el Infante, por medio de su secretario, don José Luis Tordera, contesta al conde de Toreno que «guiado de su constante obediencia a las órdenes emanadas de la legítima soberanía, juró como heredera del Trono a la primogénita del señor don Fernando VII», pero viendo el trastorno que se había producido en «la administración y gobierno del Reino, todo en oposición con la voluntad del difunto y de la del pueblo español, manifestadas en todas las provincias de la Monarquía, […] no necesitó mucho S.A. para convencerse de que jurando a la hija primogénita del Rey como heredera a la Corona había privado a su augusto tío, el señor don Carlos V, de los derechos que le daba a ella una ley de agnación rigurosa, sancionada en Cortes y recopilada aún por el señor don Carlos IV». Así, a su tío segundo «don Carlos V de Borbón, es a quien S.A., luego que libremente pudo hacerlo, prestó homenaje como a su rey y señor natural» y por consiguiente «le obligan de nuevo a no obedecer la orden emanada de la titulada Reina Gobernadora para su traslación a España»[1].

    La respuesta a la posición del Infante no se hará esperar. En septiembre de ese mismo año sus rentas fueron confiscadas y sus bienes secuestrados, quedando todo bajo la administración de una Comisión Regia de Intervención y un tiempo después, en enero de 1837, a cargo de la Dirección General de Rentas y Arbitrios de Amortización. A todo ello se sumaría el Real Decreto promulgado por doña María Cristina el 17 de enero de 1837 por el que el Infante quedaba excluido de la sucesión a la Corona de las Españas al igual que su madre doña María Teresa de Braganza, Princesa de Beira, y segunda esposa de don Carlos V.

    A la vista de este secuestro, el Senado solicitó al ministro de Hacienda, don Alejandro Mon y Menéndez, la cesión de «varias arañas y una mesa grande de despacho, de que carece el Senado y le hacen mucha falta para su uso diario y más particularmente para la solemnidad de la próxima sesión regia[2] y demás que puedan ofrecerse». El 14 de julio de 1838 el ministro comunicó por carta la Real Orden de doña María Cristina por la que se cedía al Senado los bienes solicitados del secuestro, entre los que se encontraban seis armarios, un retrete de caoba, un reloj de piedra con el grupo de bronce con un león devorando un toro, una rinconera grande de pino, tres mesas (entre ellas la de despacho de nogal), una lámpara a la romana, que se colocó en el vestíbulo de entrada al Salón de Sesiones, y cinco arañas de cristal con adornos de bronce dorados.

    Tres de las citadas arañas, como ya se ha visto, fueron colocadas en el Salón de Sesiones (una de ellas puede observarse en el cuadro La coronación de Quintana), otra en la que era llamada Sala de comisiones (4ª Sección) junto con la mesa grande de despacho de nogal, y la quinta araña se ubicó en el cuartito para colgar las capas. Respecto al resto de bienes, algunos armarios y una de las mesas fueron utilizados en el archivo, y el reloj se colocó en el despacho de los señores secretarios del Senado.


La coronación de Quintana de Luis López Piquer, 1859.


    En los siguientes inventarios, tanto el del 11 de mayo de 1844 como el del 15 de marzo de 1857, hay constancia de la presencia de las tres arañas de cristal en el Salón de Sesiones. En este último, por ejemplo, se especifica la presencia de tres «arañas de cristal con adornos dorados, con fundas, y borlas de estambre carmesí, en el centro del salón».

    El 6 de noviembre de 1857 falleció María Amalia de Borbón Dos-Sicilias, dejando a su esposo el Infante don Sebastián solo en el Palacio Real de Nápoles, lugar donde residían[3] tras exiliarse de España al acabar la Primera Guerra Carlista. Esta situación, sumada a la muerte dos años antes de su tío segundo don Carlos V, provocó que el Infante virase su postura hacia el sector liberal y solicitase el regreso a España, lo que provocó el profundo descontento de su madre la Princesa de Beira. Para ello, el 4 de junio de 1859 en el Palacio Real de Nápoles presta juramento de fidelidad y obediencia a su prima doña Isabel, ante don Salvador Bermúdez de Castro, marqués de Lema[4]. Como consecuencia, el 12 de junio del mismo año doña Isabel firmaría el Real Decreto en el que establecía: «vengo en devolver á mi tío y primo Don Sebastian de Borbon y Braganza los honores de Infante de España, y las dignidades y condecoraciones de que gozaba en la época de la muerte de mi augusto padre»[5].

    Con su regreso a España comenzarían las deliberaciones sobre si se debía devolver o no los bienes que le habían sido secuestrados, así como las rentas del Gran Priorato de la Orden de  San Juan de Jerusalén de la que él era Gran Prior de Castilla y de León. El gobierno consultó la cuestión con el Consejo de Estado, que dio su visto bueno, y el Ministerio de Hacienda dio orden de que le fueran devueltos todos sus bienes secuestrados. Así, el ministro de Hacienda don Pedro Salaverría y Charitu remitió al Senado la Real Orden de 30 de junio de 1859 por la que se solicitaba de este Cuerpo Colegislador a la mayor brevedad posible «un inventario de los libros y demás efectos que existan en el local del Senado, procedentes del Secuestro de S.A. Srma. el Sr. Ynfante Don Sebastián». El 2 de julio se le remitía copia de los bienes que estaban depositados en el Palacio del Senado, haciendo constar además que entre ellos no figuraba ningún libro.

    Respecto a las rentas y pensiones anuales que correspondería devolverle desde la fecha de su jura en 1859, se debatió largamente en Cortes durante la discusión del presupuesto de obligaciones generales del Estado para 1861[6]. Los puntos de la sección cuarta en la que éstas estaban incluidas fueron aprobados por 110 votos a favor frente a 25 en contra en la sesión del Congreso de los Diputados del 26 de noviembre de 1860.

    El 3 de junio de 1862, se le remite una comunicación a don Gabriel de Aristizábal, apoderado general del Infante don Sebastián, en la que por acuerdo de la Comisión de Administración Económica se le enviaba una relación con «los diferentes efectos que existen en este Palacio, pertenecientes a S.A. Srma. el Sr. Ynfante D. Sebastián, para que V.E. haga de ellos el uso que estime oportuno». De esta manera, todos estos bienes fueron devueltos a su legítimo propietario y por consiguiente las tres arañas de cristal que habían colgado en el Salón de Sesiones durante varias décadas abandonaron el Palacio.



[1] Carta de don José Luis Tordera al conde de Toreno. Roma, 16 de julio de 1835.

[2] Hace referencia a la Sesión Regia que hubo en el  Senado el 17 de julio de 1838 en la que doña María Cristina cerró las Cortes, poniendo fin a la legislatura de 1837-1838 (I Legislatura con la constitución de 1837).

[3] S.A.R. doña María Amalia era hermana de Fernando II, rey de las Dos Sicilias.

[4] Gaceta de Madrid nº 163, 12 de junio de 1859.

[5] Gaceta de Madrid nº 164, 13 de junio de 1859.

[6] Puede comprobarse en los Diarios de Sesiones del Congreso de los Diputados del nº 39, sesión del 17 de noviembre de 1860, al nº 46, sesión del 27 de noviembre de 1860.